Con respecto a la estructura hay pasillos, semipasos y pasazos, una absoluta falta de equilibrio.
Con respecto al contenido algunas demasiado detalladas y otras meros brindis al sol.
Desde luego nada que se parezca a una memoria económica, lo que dado el calado de algunas de las propuestas resulta imprescindible.
El punto más cuestionable, por su origen y posibles consecuencias, es el 21.
21. Referéndum ciudadano para la revocación del gobierno en caso de incumplimiento del programa electoral
Posibilidad de abrir, a los dos años de mandato, un proceso de revocación ciudadana del gobierno por incumplimiento del programa. A iniciativa de 158 diputados y un 15% de las firmas del censo electoral, se podrá llevar a cabo un referéndum vinculante en el que se preguntará a la ciudadanía si deben celebrarse nuevas elecciones por incumplimiento del programa de gobierno. En el caso de que el resultado de la consulta fuese positiva, el/la presidente/a del gobierno deberá convocar elecciones generales en un plazo máximo de 30 días. Se promoverá la regulación de procedimientos similares en Ayuntamientos y Comunidades Autónomas.
27. Cambio constitucional
Apertura de un debate ciudadano orientado a discutir el inicio de un proceso de cambio constitucional capaz de modificar los marcos económico, social, político, territorial e institucional definidos en el texto de 1978. Convocatoria, al amparo del artículo 92.1 de la Constitución Española, de un referéndum consultivo para iniciar ese proceso.Al margen del Título X